NOTA: es la primera vez que abro un tema en este foro, supongo que estará bien situado, sino lo lamento. He buscado a ver si encontraba un tema similar y no lo he encontrado, si ya existe lo lamento.
Para hablar de aborto primero hay que definir ciertos conceptos:
Vida: es la condición interna esencial que diferencia a los seres vivos. En general es el estado intermedio entre el nacimiento y la muerte
Ser vivo: también llamado organismo es un conjunto de átomos y moléculas que forman una estructura material muy organizada y compleja, en la que intervienen sistemas de comunicación molecular, que se relaciona con el ambiente con un intercambio de materia y energía de una forma ordenada y que tiene la capacidad de desempeñar las funciones básicas de la vida que son la nutrición, el crecimiento, la relación y a ser posible la reproducción, de tal manera que los seres vivos actúan y funcionan por sí mismos sin perder su nivel estructural hasta su muerte.
Aborto (inducido): es la interrupción del desarrollo del feto durante el embarazo, antes de que éste haya alcanzado las 20 semanas.
El producto de la concepción se llama feto a partir del segundo mes de vida intrauterina. Se habla de feto viable a partir del séptimo mes desde la fecundación. En esta etapa ya el feto ha pasado el momento de la concepción y está comenzando a convertirse en un ser humano. Las células madre que en este punto ya se han divido en 3 capas, comienzan el proceso de creación de la masa encefálica, el corazón y los pulmones, también se van formando las cavidades auditivas, para finalmente formar las extremidades y los músculos y órganos restantes aunque el feto no está completamente formado ya empieza a dar esbozos de percepción del mundo que lo rodea, alrededor de la semana 26 ya puede escuchar con claridad sonidos y puede incluso reconocer la voz de su madre y recordar sonidos, a través del tiempo esta capacidad se convierte en su conexión con su madre y el mundo que le espera al salir. (Wikipedia)
Desde un punto de vista científico, la mayor parte de las legislaciones del mundo desarrollado permiten libremente el aborto hasta las 12 o 14 semanas de desarrollo pues, según ha declarado el Colegio de Bioética de México “el embrión de 12 semanas no es un individuo biológico, ni mucho menos una persona: carece de vida independiente, ya que es totalmente inviable fuera del útero. El desarrollo del cerebro está apenas en sus etapas iniciales, y no se han establecido las conexiones nerviosas que caracterizan al ser humano. El embrión, por tanto, no experimenta dolor ni ninguna otra percepción sensorial, según el informe”. (Wikipedia)
Para habla de aborto hay que tener en cuenta ciertas distinciones:
Aborto terapéutico: Es el que es justificado con razones médicas:
• Para salvar la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para su vida;
• Para salvar la salud física o mental de la madre, cuando éstas están amenazadas por el embarazo o por el parto;
• Para evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que es fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy graves,
• Para reducir el número de fetos en embarazos múltiples hasta un número que haga el riesgo aceptable.
Aborto electivo: El realizado por otras razones. Cuando el embarazo es el resultado de un delito de naturaleza sexual (violación) o de la aplicación de una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre. También se incluyen, como razones: la minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales un embarazo fuera del matrimonio.
Información extraída de Wikipedia
Argumentación y razonamiento.
El caso del aborto terapéutico supongo que no dará lugar a discusión ya que en el caso de que peligre la vida de la madre, realmente peligran las dos vidas (si muere la madre, muere el hijo), y por tanto es la opción menos mala. En el caso de que el niño vaya a tener una grave enfermedad mortal o que le dañará durante toda la vida, aunque ciertos sectores aconsejarían que al ser una vida debe de nacer (por si tiene la más mínima opción de sobrevivir, o simplemente para tener la opción a nacer), no creo que sea aceptable traer a un niño al mundo sabiendo que va a sufrir, que no te puedes permitir el tratamiento, o que vas a ver morir a tu propio hijo.
En el caso del aborto electivo: los casos presentados por Wikipedia constituyen los casos en los que la sociedad suele aceptar dicha práctica. Después de preguntar a varios miembros de mi familia su opinión, todos coincidieron en que permitían el aborto siempre que la situación cumpliera ciertas condiciones tales como ser fruto de una violación, una madre menor de edad que no tiene la capacidad ni la madurez suficiente como para cuidar un hijo, o situaciones determinadas similares.
Por último está la defensa del aborto bajo todo tipo de condiciones, siempre y cuando sea antes de las 14 semanas de gestación.
Bien, la pregunta fundamental es: ¿el aborto constituye asesinato?, volvamos a las definiciones: adjunto definición de asesinar por la RAE (Matar a alguien con premeditación, alevosía). Bien según esta definición todo depende de lo que consideremos un “alguien”. Lo que nos lleva a la segunda pregunta ¿es ese feto un ser humano, o no se puede considerar como tal?
Un feto de menos de 14 semanas no creo que se pueda considerar un ser humano. Es, hasta ese momento, un conjunto de células en desarrollo, en ese mismo momento es un ser humano potencial. Es decir puede llegar a ser un ser humano. Si consideramos asesinato la eliminación de una célula o conjunto de células que pueden llegar a ser un ser humano, entonces un simple óvulo (célula) puede constituir un humano potencial, por lo tanto cada óvulo desperdiciado constituye necesariamente un asesinato a una vida potencial. El hecho que separa a ese óvulo de un óvulo fecundado no es lo suficientemente amplio. Uno de los principales contraargumentos es que mientras un óvulo solo posee 23 cromosomas, un óvulo fecundado, por el contrario, posee 46 cromosomas. Entonces, métodos anticonceptivos como el DIU, debería considerarse un asesinato ya que dicho método consiste en impedir la anidación de un óvulo ya fecundado en el endometrio materno. En este caso la célula también poseería 46 cromosomas y por lo tanto se debería hacer una revisión de lo métodos conceptivos existentes para analizarlos y seleccionar aquellos en los que la célula posea solo 23 cromosomas.
Pese a ello, no considero el argumento de los cromosomas evidentemente válido, ya que un ser humano no se basa en el número de cromosomas de una sola célula. Si bien esta célula contiene todo el genoma humano, no se puede aceptar como persona, ya que sino cualquier célula del organismo humano podría constituir una vida independiente. Hasta las 14 semanas el desarrollo del embrión es idéntico a la de cualquier otra célula, órgano o tejido, así que técnicamente no hay vida humana. Por otra parte esto sería debatible con el argumento: no es lo que es, sino lo que puede llegar a ser
En base a esto se puede decir que no es un ser humano sino un ser humano potencial. Aquí aparece un grave conflicto. No se puede juzgar en base a lo potencial. La definición de potencial es “lo que puede llegar a ser si se cumplen ciertas condiciones”. Nada ni nadie debería ser juzgado en potencia. Por lo tanto la decisión debería estar basada en lo que ese “feto” es, es decir, un conjunto de células que de por si no conforman una vida humana. Yo no puedo ser encarcelada por ser una asesina potencial, así mismo, si yo mato a alguien no me pueden condenar por el asesinato de esa persona, y de todas las vidas potenciales a las que ese sujeto pudiera dar lugar.
El problema del argumento potencial es donde situar la línea. ¿Qué constituye una vida potencial?, a partir de que un óvulo sale del ovario, a partir de que este es fecundado…., demasiado arbitrario.
El problema principal del aborto es que estamos ante una confrontación de dos derechos básicos el derecho del “ser humano” fecundado a la vida, y el derecho a la integridad física de la madre. Si el niño vive, la madre ve violado su derecho a la integridad física, si la madre tiene completa libertad sobre su propio cuerpo, entonces se privaría al ser humano potencial del derecho a la vida..
¿Cómo anteponer un derecho a otro? Bien, el argumento más utilizado es que el derecho de vida es superior a todos los demás y por lo tanto tiene prioridad.
De todas formas, legalmente hablando, la vida humana se basa en las ondas que es capaz de emitir un ser humano, la muerte jurídica consiste en la ausencia de dichas ondas, que el susodicho feto no comienza a desarrollar hasta las 12 o 14 semanas de vida, por lo tanto jurídicamente (no estoy hablando de moral, de momento) no está vivo, por lo tanto es un conjunto de células dentro de la madre, y por tanto ella tiene el derecho a elegir que hacer con las células de su cuerpo.
Si consideramos al feto con derecho a la vida se plantea el siguiente conflicto. Partamos de que yo considero la vida un derecho y nunca un deber. El que tenga derecho a algo no implica necesariamente que desee cumplirlo sino que tengo derecho a ello, el hecho de acogerme o no a ese derecho es mi única y propia decisión. Ese “humano potencial” es incapaz de decidir si quiere o no vivir, no es consciente de las situaciones de alrededor y no puede tomar una decisión, por lo tanto ¿Quién decide?, la sociedad por sistema puede decidir que el feto va a desear la vida. Si tenemos que esperar al pleno desarrollo del feto para que tome esa decisión, la decisión en sí no tendría sentido, ya que se trata de decidir en ese momento si mantener o no a dicho feto en el vientre materno, por lo tanto el derecho de la madre ya habría sido violado. Puesto que el feto no puede tomar de ninguna manera esa decisión, y que “injustamente” va a ser tomada por factores ajenos a él, lo más lógico es que la tome la siguiente persona directamente afectada en los hechos, la propia madre.
Aún así con este argumento se puede utilizar el siguiente contraargumento: “entonces cualquier niño recién nacido, o persona con discapacidad mental, podría ser eliminado ya que no tiene capacidad para elegir”. Sin embargo este contraargumento está mal estructurado ya que en el caso del niño que acaba de nacer ya no entra en conflicto con ningún derecho fundamental de otro ser humano.
El mayor conflicto que presenta este argumento sería como justificar el margen, es decir, según este argumento, mientras el niño esté dentro de la madre ella tiene derecho al aborto. Bien, creo que se debería de establecer el límite en las 14 semanas, ya que a partir de ellas es cuando se comienzan a emitir las ondas cerebrales, es un tiempo suficiente para que la madre tome la decisión de una forma tranquila y razonada. Más allá de ese límite la decisión sería irrevocable. En ese determinado momento ese ser humano ya no es potencial, sino real, y por lo tanto la madre ya se ha decantado a favor de que ese niño viva.
Creo que el derecho a la libertad, autodeterminación e integridad física de un ser humano, no debería ser sacrificado por un hipotético derecho a la vida de un “ser humano potencial”
¿Qué pensais?










