La moralidad es algo muy subjetivo, cada uno la ve de una forma.
En cuanto a los sistemas de cada paÃs pueden ser independientes de la democracia real y en los casos que he citado, no los nombra el Parlamento, sino que en un caso es el propio presidente por su cuenta (Francia), o consultando con los partidos (Italia), en ningún caso iban en listas electorales. Y eso no parece democrático, tengan el sistema que tengan.
Depende. En Italia no lo sé, pero en Francia el Presidente ha sido elegido a su vez, en unas elecciones presidenciales especÃficas. Y cuando le eligieron, una de sus funciones constitucionales era la de nombrar al Primer Ministro.
Es lo mismo que cuando en España Rajoy cesa a un Ministro y nombra a otro sin consultar a nadie. Está en sus atribuciones, un Presidente del Gobierno es elegido, entre otras cosas, para nombrar ministros. Del mismo modo, un Presidente de la República Francesa es elegido por los ciudadanos, entre otras funciones, para nombrar al Primer Ministro.
El sistema francés es semipresidencialista. El Presidente no es ni una pura figura institucional como un Rey, ni tiene tantas funciones como el Presidente de EEUU. Es un término medio, pero sigue teniendo unas funciones importantes, y para eso se le elige.
Eso solo confirma lo que digo, el sistema o las prerrogativas no son precisamente democráticas. No es lo mismo un Primer Ministro que tiene capacidades sobre el gobierno y un ministro que es solo una parte.
Por eso mismo y a pesar de que también eran prerrogativas del alcalde de Madrid, nombrar a su sustitutivo/a y por lo tanto no fue denunciado a los tribunales, sin embargo todos recordaremos como fueron criticados ambos.
Luego, la comprensibilidad para unos debe valer para los otros.
No es lo mismo. Con un sistema como el francés, cuando eliges al Presidente sabes que una de las primeras cosas que hará es nombrar al Primer Ministro. Del mismo modo que en España sabemos que el Presidente del Gobierno puede nombrar a un Vicepresidente, o más de uno, que también tendrá autoridad sobre los demás Ministros.
El alcalde de Madrid, para empezar, no tenÃa la prerrogativa de nombrar a su sustituto, que yo sepa. Su sustituta fue elegida por los concejales, y ninguno de los suyos se atrevió a oponerse a la designación de Gallardón. Pero con la Ley en la mano, no hay nada que diga que el alcalde nombra a su sustituto.
Y cuando tú votas a un alcalde, lo haces contando con que, salvo fuerza mayor, deberÃa quedarse en el puesto cuatro años. Que tenga que ser reemplazado no es algo que entre en el curso normal de las cosas. En cambio, que un Presidente de la República nombre a su Primer Ministro sà entra en el curso normal de las cosas.
De todas formas, el sistema francés es algo más complejo que esto. El Primer Ministro es responsable ante la Asamble Nacional, asà que en la práctica el Presidente, al nombrar al Primer Ministro, tiene que tener en cuenta si su partido tiene o no mayorÃa en la Asamblea. Es un equilibrio de poderes un tanto complejo, entre la Presidencia y la Asamblea. Más complejo que con un sistema parlamentario como el español.